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Objeto. Ayuna presta servicios móviles de peluquería y belleza de lujo a los huéspedes del Hotel (o a los clientes del Socio), realizados en la habitación, suite, yate o villa, con equipo profesional completo y autónomo.
Comisión (Revenue Share). Por cada servicio reservado por los huéspedes a través de la colaboración, el Hotel recibe el 20% del importe neto mensual (sin IGIC), liquidado por transferencia en un plazo de 15 días desde el informe mensual. Los socios no hoteleros se rigen por las condiciones de visibilidad del art. 6, sin revenue share salvo acuerdo escrito.
Exclusividad. Durante la vigencia, Ayuna es el proveedor exclusivo de servicios móviles de peluquería y belleza de lujo asociado al Hotel, que se compromete a no promover servicios móviles competidores a los huéspedes.
Estándares y protocolo de higiene. Ayuna garantiza estándares de 5 estrellas: lavacabezas portátil con suministro de agua propio, toallas de un solo uso, film protector impermeable, productos profesionales y seguro de responsabilidad civil profesional. Cero rastro, cero impacto en el establecimiento.
Obligaciones del Hotel / Socio. (a) informar a conserjería y atención al huésped; (b) facilitar el acceso discreto a las habitaciones o áreas designadas; (c) mostrar la información de Ayuna en el welcome pack o conserjería digital, cuando esté disponible.
Visibilidad y patrocinio del logotipo. El logotipo del Hotel (o del Socio) se mostrará en ayuna.vip y en los materiales de Ayuna como socio acreditado. Asimismo, hoteles y otros socios que deseen aparecer en el sitio pueden solicitar la inclusión de su logotipo y enlace. Todo uso de la marca de la otra parte requiere consentimiento por escrito y puede revocarse en cualquier momento.
Informes. Ayuna facilita un informe mensual completo y transparente antes del 5º día hábil del mes siguiente, detallando reservas, ingresos brutos e importes netos.
Relación entre las partes. Ayuna actúa como empresa/profesional independiente (trabajador autónomo conforme a la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo). Este acuerdo, de naturaleza mercantil (arrendamiento de servicios, art. 1544 del Código Civil), no crea relación laboral, sociedad ni joint venture.
Protección de datos (RGPD). Las partes tratan los datos personales de los huéspedes conforme al RGPD (Reglamento (UE) 2016/679) y a la LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre), únicamente para los fines de la colaboración y con medidas adecuadas de confidencialidad.
Duración, coste y resolución. El acuerdo tiene una validez de 12 meses con renovación automática. La colaboración es a coste cero y sin gastos para el Hotel. Cualquiera de las partes podrá resolverlo con un preaviso por escrito de 30 días, sin penalización alguna.
Ley aplicable y jurisdicción. Este acuerdo se rige por la ley española. Para cualquier controversia serán competentes los Juzgados de Arrecife (Las Palmas).
Documento contractual · Al firmar, las partes declaran haber leído y aceptado íntegramente las cláusulas de este acuerdo.